El Servicio de Administración Tributaria (SAT) dio a conocer que identificó prácticas indebidas de empresas de paquetería y mensajería en la importación de diversas mercancías como ropa, adornos de casa, bisutería, utensilios de cocina, juguetes, electrónicos, entre otros, buscando evitar el pago del impuesto general de importación (IGI) y del impuesto al valor agregado (IVA).
El órgano fiscalizador detectó que aumentaron las importaciones en las que participan empresas extranjeras dedicadas a la venta por internet, plataformas de comercio electrónico, consignatarios y empresas de mensajería y paquetería que, al omitir el pago de impuestos e incumplir con regulaciones y restricciones no arancelarias podrían incurrir en el delito de contrabando y defraudación fiscal.
La instancia gubernamental también publicó la Primera Modificación al Anexo 5 de las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2024, en la que se señala que, para el despacho de mercancías a través de empresas de mensajería y paquetería registradas, el artículo 59 de la Ley establece las obligaciones que deberán cumplir quienes introduzcan o extraigan mercancías del territorio nacional, que no serán aplicables a las importaciones y exportaciones efectuadas cuando se utilice el procedimiento simplificado a que se refiere el artículo 88 de la Ley.
Sin embargo, la regla 3.7.5. señala que dicho procedimiento no podrá aplicarse en la importación de mercancías cuyo envío forme parte de una serie de envíos realizados o planeados con el propósito de evadir aranceles aduaneros o impuestos, o evitar cualquier regulación.
En cambio, la regla 3.7.35., fracción I, señala que se podrá efectuar el despacho sin el pago del IGI y del IVA, cuando se trate de mercancías cuyo valor en aduana no exceda de 50 dólares o su equivalente en moneda nacional o extranjera.