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Profeco recuerda tus derechos al viajar en avión

Profeco recuerda tus derechos al viajar en avión

A 80 días del arranque de la “Copa Mundial de la FIFA 2026-Mundial Social”, los aeropuertos esperan una gran afluencia de mexicanas, mexicanos y turistas extranjeros con las maletas listas para disfrutar de la diversidad de destinos, la riqueza cultural y el evento deportivo que tendrá lugar en México.

No obstante, las condiciones meteorológicas, los desajustes operacionales y las inconsistencias técnicas de las aerolíneas pueden afectar la salida de vuelos por cuestiones de seguridad de las personas pasajeras. Ante estos escenarios, es importante saber qué hacer, por lo que la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) recuerda a la población sus derechos al utilizar este servicio de transporte.

Ante el retraso o demora en la salida del vuelo por causas atribuibles a las aerolíneas, tales como fallas técnicas, mantenimientos de rutina, intermitencia en los sistemas de operación, entre otras, las empresas deben informar la razón a las y los pasajeros a través de medios electrónicos o físicos en el área de abordaje y en los módulos de atención.

Conforme a la Ley de Aviación Civil, si la demora es superior a una hora e inferior a cuatro, la aerolínea debe compensar, como mínimo, con descuentos para vuelos posteriores hacia el mismo destino y con alimentos y bebidas.

En caso de que el retraso sea mayor a dos horas pero menor a cuatro, la compensación debe contemplar descuentos no menores al 7.5% del precio del boleto.

Sin embargo, si la demora excede las cuatro horas o el vuelo se cancela, las personas pasajeras tienen la opción de elegir entre recibir el reintegro del precio del boleto o la parte no realizada del viaje más una indemnización no inferior al 25% del costo del mismo; a transporte sustituto en el primer vuelo disponible más alimentos, alojamiento, así como a transporte terrestre desde y hacia el aeropuerto en caso de aplicar; o, transporte en alguna fecha posterior al mismo destino y una indemnización no menor al 25% del precio del boleto o la parte no realizada.

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