La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) confirmó que la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) tiene plenas facultades para atender reclamaciones relacionadas con servicios educativos privados. El fallo reconoce el pago de colegiaturas como una relación de consumo sujeta a la Ley Federal de Protección al Consumidor.
Desde 1992, diversas resoluciones judiciales y administrativas respaldan estas atribuciones. En ese año se establecieron obligaciones para transparentar costos, trámites y condiciones en los planteles privados, reconociendo a la Procuraduría como la instancia interlocutora válida.
Las y los usuarios de servicios educativos nunca han estado desprotegidos, ya que la Profeco ha intervenido en procesos de conciliación con escuelas particulares en casos como cobros o requisitos extra no estipulados en los contratos, tales como cursos extraordinarios condicionados para la titulación.
La relevancia principal de este fallo radica en que es la primera ocasión en que la SCJN se pronuncia expresamente sobre el tema y elimina cualquier argumento legal que las escuelas privadas pudieran usar para evitar la competencia de la Profeco en estos conflictos.




