Internacional

Profepa asegura 120 tortugas y 16 ranas vivas en el AICM

La madrugada del 21 de febrero la Profepa aseguró 137 ejemplares de vida silvestre en el Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México Benito Juárez; se trata de 121 tortugas y 16 ranas envueltas en calcetines y tuppers y empaquetadas en dos maletas con destino a Tokyo-Narita, Japón.

Este aseguramiento fue posible gracias al aviso oportuno de la Unidad Naval de Protección Aeroportuaria de la Marina y a la línea aérea, que durante la revisión con rayos X de equipaje detectó el contenido inusual de las maletas.

Los ejemplares asegurados son: 53 tortugas de caja, Terrapene carolina, una de ellas muerta; 3 tortugas de monte, Terrapene nelsoni; 10 tortugas chacarita cora, Kinosternon cora; 53 tortugas chopontil, Claudius angustatus; 2 tortugas pecho de carey, Trachemys venusta; y 16 ranas árbol coronadas, Triprion spinosus.

Con excepción de las tortugas pecho de carey y las ranas árbol coronadas que no se encuentran listadas en alguna categoría de protección, el resto de los ejemplares están incluidos en la NOM-059-Semarnat-2010, relativa a la protección de especies nativas de México de flora y fauna silvestres y categorías de riesgo y en la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (CITES).

Tras una revisión se encontró a los ejemplares de tortuga en aparente buen estado físico, sin lesiones, con extremidades completas y con buena respuesta a estímulos. Mientras que las ranas se observaron en regular estado físico, aletargadas, con extremidades completas y sin lesiones.

Los ejemplares asegurados no cuentan con sistema de marcaje que permita su plena identificación o que permitan acreditar la legal procedencia.

La oficina de la Profepa en la Zona Metropolitana del Valle de México realizó este aseguramiento precautorio como parte del Programa de Verificación e Inspección Ambiental en Puertos Aeropuertos y Fronteras de la Procuraduría, y se fundamenta en lo previsto por el artículo 117 fracción I y 119 fracción I y III, de la Ley General de Vida Silvestre.

EDITORIAL

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